lunes, 25 de mayo de 2026
Solicitudes urgentes ante la Mesa Nacional de Garantías Electorales
El Pacto Histórico radicó ante la Mesa Nacional de Garantías Electorales un documento con solicitudes urgentes en cuatro ejes: protección del voto rural, prevención de la violencia política, transparencia tecnológica y garantías para testigos electorales, a pocos días de la primera vuelta presidencial del 31 de mayo de 2026.

Cartagena, 25 de mayo de 2026.
El Movimiento Político Pacto Histórico presentó ante la Mesa Nacional de Garantías Electorales un documento con solicitudes urgentes en materia de garantías democráticas, protección del voto rural, seguridad electoral, transparencia tecnológica y prevención de la violencia política, a pocos días de las elecciones presidenciales del 31 de mayo de 2026.
Introducción
El presente escrito tiene por objeto actualizar y dar seguimiento a documentos radicados con anterioridad, reiterar solicitudes y poner en conocimiento de la Comisión Nacional para la Coordinación y Seguimiento a los Procesos Electorales un conjunto de situaciones que generan seria preocupación respecto de las condiciones democráticas, territoriales, tecnológicas y de seguridad en las que se desarrolla el proceso electoral colombiano.
Estas preocupaciones no corresponden a hechos aislados ni a diferencias meramente políticas o administrativas. Se trata de situaciones estructurales que pueden afectar directamente la igualdad en la contienda electoral, la transparencia institucional, la libertad política, la autenticidad del sufragio y la legitimidad democrática del proceso electoral.
El Estado colombiano tiene la obligación constitucional y convencional de garantizar condiciones materiales efectivas para el ejercicio del derecho a la participación política. Ello implica no solamente organizar formalmente elecciones, sino asegurar que estas se desarrollen en condiciones de seguridad, igualdad, pluralismo, transparencia y accesibilidad territorial.
Nuestras preocupaciones se agrupan en 4 grandes ejes:
- Defensa del sufragio territorial y protección de los puestos de votación rurales;
- Violencia política y afectación sistemática de garantías democráticas;
- Transparencia tecnológica y auditoría electoral;
- Testigos electorales y control electoral partidario.
En ese marco, presentamos las siguientes preocupaciones y solicitudes prioritarias.
I. Defensa del sufragio territorial y protección de los puestos de votación rurales
Persiste la preocupación por la posibilidad de traslado de puestos de votación rurales hacia cabeceras municipales, bajo argumentos generales de seguridad o riesgo electoral.
Reconocemos que la postura institucional expresada en esta Comisión Nacional por parte de la Registraduría Nacional del Estado Civil, el Consejo Nacional Electoral, los Ministerios de Defensa e Interior, Ejército y Policía Nacional, Defensoría del Pueblo y Misión de Observación Electoral, ha sido unánime en el sentido de reconocer el deber constitucional y legal de garantizar la instalación de todos los puestos de votación en zonas rurales.
Sin embargo, ante la insistencia de algunas campañas de trasladar masivamente los puestos rurales, y la posibilidad de que autoridades departamentales y municipales pretendan acceder a estas, reiteramos nuestra preocupación e insistimos en que la postura de las autoridades debe mantenerse incólume.
La posibilidad de trasladar masivamente puestos de votación constituye una amenaza directa al ejercicio material del derecho fundamental al voto de millones de personas, integrantes de miles de comunidades rurales, campesinas, indígenas, afrodescendientes y habitantes de territorios históricamente marginados, todos sujetos de especial protección constitucional, siendo una agresión gravísima a los pilares del Estado social y democrático de derechos, a la Constitución Política y a la ley.
El traslado de puestos rurales no puede analizarse como una simple decisión logística. En la práctica, implica imponer barreras materiales al sufragio, aumentando costos de desplazamiento, tiempos de recorrido y dificultades de acceso para poblaciones que históricamente ya enfrentan condiciones de exclusión territorial. La eventual eliminación, reducción o traslado de puestos rurales impactaría de manera desproporcionada a sectores vulnerables, afectando la igualdad material y el principio de no discriminación. En la práctica, implicaría la negación del derecho al voto a millones de colombianas y colombianos.
Debe recordarse además que la propia Registraduría Nacional del Estado Civil estableció, mediante Memorando 36 del 2025, que los traslados de puestos de votación únicamente proceden bajo estrictos requisitos excepcionales, procedimientos específicos y causales limitadas.
Adicionalmente, cabe resaltar que cualquier modificación en detrimento del ejercicio al derecho fundamental democrático obliga a garantizarlo por otros medios, como la implementación de contingencia de transporte gratuito como lo desarrolla la Corte Constitucional en la garantía de derechos fundamentales, en las sentencias T-760/2008 y T-150/2022.
Por ello, insistimos en nuestras solicitudes, para que:
- Bajo ninguna circunstancia se adopten traslados masivos de puestos rurales.
- Toda decisión de traslado sea excepcional, motivada e individualizada.
- Se garantice control concurrente de Procuraduría, Defensoría y organizaciones políticas.
- Se garantice publicidad y trazabilidad de cualquier modificación electoral territorial como se ha solicitado desde la primera mesa de garantías del año en curso.
- Se adopte enfoque diferencial de protección del voto campesino, indígena, afro y rural.
- Se garanticen planes de contingencia de transporte gratuito.
II. Violencia política y afectación sistemática de garantías democráticas
Desde enero de 2026 se ha venido configurando un patrón reiterado, persistente y territorialmente extendido de violencia política, hostigamiento e intimidación dirigido contra integrantes, liderazgos y simpatizantes de nuestra campaña, lo cual compromete gravemente el ejercicio efectivo de los derechos políticos y las garantías democráticas.
Aunado a lo planteado sobre este tema en la documentación radicada en la pasada sesión de la Comisión, continúan los siguientes patrones identificados:
1. Amenazas e intimidaciones directas contra simpatizantes y liderazgos
Se registran múltiples hechos de amenaza dirigidos a personas vinculadas a actividades de apoyo político al Pacto Histórico, incluyendo:
- Amenazas de muerte mediante mensajería instantánea en Antioquia;
- Envío de una corona fúnebre a un integrante del comité político local en Sucre;
- Intimidaciones armadas durante actividades territoriales en Bogotá.
Estos hechos reflejan un patrón orientado a generar miedo, inhibir la participación política y restringir el ejercicio libre de preferencias electorales.
2. Hostigamiento y agresiones durante actividades de campaña
En distintos territorios se reportan escenarios de hostilidad contra actividades públicas de campaña, pedagogía política y movilización territorial:
- Hostigamientos y evacuaciones por razones de seguridad en Maicao;
- Agresiones físicas y verbales en El Retiro;
- Bloqueos e intimidaciones contra caravanas y "chivas" de campaña en Cesar;
- Confrontaciones y señalamientos estigmatizantes en actividades de memoria en Rionegro.
3. Vandalización y destrucción de propaganda política
Se identifican ataques reiterados contra piezas de propaganda electoral:
- Vandalización de vallas en Norte de Santander;
- Destrucción e intimidación sobre propaganda ubicada en viviendas de simpatizantes en Bogotá.
4. Estigmatización política y señalamientos ideológicos
En varios casos se reportan discursos y conductas de estigmatización:
- Señalamientos de participantes como "guerrilleros";
- Hostilidad contra jóvenes vinculados al proyecto progresista;
- Mensajes que asocian el triunfo electoral del Pacto Histórico con riesgos económicos o sociales graves.
Este componente discursivo aparece asociado a escenarios de intimidación y riesgo físico, reforzando un ambiente de polarización y exclusión política.
5. Posibles prácticas de constreñimiento al sufragante en entornos laborales
- Reuniones con trabajadores donde se retiran celulares y se difunden mensajes contra el Pacto Histórico en Montería;
- Presuntas reuniones obligatorias en Keralty orientadas a promover el voto por Abelardo De la Espriella mediante mensajes sobre despidos, expropiaciones y pérdida de empleo.
Estos hechos podrían configurar mecanismos de presión indebida incompatibles con el voto libre y secreto.
Solicitamos a las autoridades investigar y sancionar estos graves hechos.
III. Transparencia tecnológica y auditoría electoral
Las preocupaciones reiteradamente expuestas en las sesiones anteriores de esta Comisión no solo persisten, sino que en algunos aspectos se han agravado, lo que compromete de manera estructural los principios de transparencia, publicidad, confiabilidad y control electoral que deben regir el proceso (arts. 1, 2, 40, 209 y 258 de la Constitución Política).
Si bien la Registraduría Nacional del Estado Civil accedió a la instalación de una Mesa Técnica Tecnológica con participación de representantes de nuestro movimiento político, dicho espacio no ha permitido resolver de fondo las inquietudes planteadas ni garantizar condiciones materiales para el ejercicio de una auditoría efectiva.
Genera especial preocupación la negativa de la Registraduría a entregar el informe elaborado por CAPEL, así como la afirmación de que este se encuentra publicado, cuando en realidad lo disponible es únicamente una presentación de diapositivas que expresamente reconoce no constituir un informe técnico. En dicha presentación se hace referencia a la existencia de hallazgos relevantes, pero no se identifican de manera concreta, ni se detallan las medidas correctivas necesarias.
Con base en los hallazgos identificados durante el desarrollo del Plan de Auditoría, las limitaciones observadas y el análisis técnico realizado, el equipo auditor del Movimiento Político Pacto Histórico formula las siguientes recomendaciones, orientadas a fortalecer el proceso de auditoría y mejorar las condiciones de verificación y transparencia del sistema electoral de cara a las elecciones del próximo 31 de mayo:
Recomendaciones
- Garantizar acceso a componentes críticos del sistema. Habilitar, bajo esquemas controlados y seguros, el acceso a componentes fundamentales del sistema, tales como bases de datos, procesos de integración, flujos de transmisión y mecanismos de consolidación de información, con el propósito de permitir una validación integral y verificable del ciclo completo del dato electoral.
- Establecer mecanismos verificables de control de versiones. Implementar controles robustos de versionamiento que permitan asegurar la correspondencia entre el código auditado y el software finalmente desplegado en producción, incluyendo como mínimo: generación y validación de hash de las versiones finales, acceso a repositorios auditables, disponibilidad de historial de cambios (changelog) para los equipos auditores, trazabilidad de las modificaciones realizadas sobre archivos y componentes, y registro verificable de las versiones utilizadas en ambientes de prueba y producción.
- Permitir el uso de herramientas independientes de auditoría. Autorizar el uso de herramientas externas e independientes por parte de los equipos auditores, con el fin de complementar el análisis estático mediante metodologías adicionales, tales como: análisis dinámico, revisión de dependencias, pruebas de seguridad, y validación del comportamiento del sistema en ejecución.
- Incorporar validaciones de extremo a extremo del sistema. Realizar pruebas que permitan verificar el comportamiento integral del sistema en condiciones reales de operación, incluyendo simulaciones del flujo completo de datos, validación de procesos distribuidos, evaluación de integraciones entre servicios y pruebas de consistencia entre captura, transmisión y consolidación de la información electoral.
- Asegurar la trazabilidad completa del software hasta producción. Definir mecanismos que permitan verificar de manera independiente el proceso de compilación, generación de artefactos y despliegue del sistema, garantizando que la versión utilizada en producción corresponda efectivamente a la versión previamente auditada.
- Documentar y controlar cualquier modificación del sistema. Establecer procedimientos formales para el registro, justificación y validación de cualquier modificación realizada al software durante el proceso de auditoría, incluyendo al menos: fecha del cambio, componente afectado, motivo de la modificación, impacto técnico identificado y responsable del ajuste realizado.
- Ampliar los tiempos y condiciones del proceso de auditoría. Fortalecer las condiciones materiales y temporales del proceso de auditoría, garantizando tiempos suficientes para la revisión técnica integral de los componentes críticos del sistema electoral y el adecuado desarrollo de pruebas y verificaciones.
- Socializar los resultados de auditoría de dependencias y componentes de terceros. Dar a conocer los resultados de las auditorías realizadas sobre librerías externas, dependencias y componentes de terceros utilizados por el sistema, mediante herramientas especializadas que permitan identificar vulnerabilidades potenciales en la cadena de suministro de software.
- Fortalecer la auditoría sobre la infraestructura tecnológica. Permitir la verificación directa de la infraestructura tecnológica en operación, incluyendo servicios en la nube, configuraciones de seguridad, registros (logs) del sistema y mecanismos de monitoreo y control. Todo esto, con el fin de validar la implementación real de la arquitectura tecnológica presentada y posibilitar ejercicios de seguimiento y verificación en tiempo real durante la jornada electoral.
IV. Testigos electorales y control electoral partidario
En ejercicio del derecho fundamental de participación política (art. 40 C.P.) y en desarrollo de los principios de transparencia, publicidad, igualdad y confianza legítima que rigen el proceso electoral, nos permitimos reiterar y fortalecer las siguientes preocupaciones:
1. Publicidad y trazabilidad de los formularios E-14
Hemos insistido de manera reiterada en la creación de un repositorio público, accesible y seguro, que permita a los jurados de votación en todo el territorio nacional cargar imágenes de los formularios E-14 una vez diligenciados, con el fin de que estos puedan ser consultados por la ciudadanía y por las organizaciones políticas.
Esta medida constituye un desarrollo directo de los principios de publicidad y transparencia de la función electoral (arts. 209 y 258 C.P.), así como una garantía efectiva de control ciudadano y partidario sobre los resultados en mesa. La ausencia de respuesta de fondo frente a esta iniciativa limita la trazabilidad del proceso electoral y debilita los mecanismos de verificación independiente de la información electoral.
En consecuencia, reiteramos la necesidad de que esta propuesta sea evaluada, adoptada o motivadamente descartada, bajo estándares de máxima publicidad y acceso a la información pública (Ley 1712 de 2014).
Así mismo, insistimos en nuestra solicitud de implementar el uso simultáneo de números y letras en los formularios E-14 para fortalecer la seguridad y trazabilidad de los resultados electorales.
2. Exigencia indebida de poderes de representación
Durante los recientes simulacros de escrutinio, en municipios de los departamentos de Quindío y Tolima, se evidenció que a distintos actores electorales del Movimiento Político Pacto Histórico se les exigió la presentación de poder otorgado por la candidatura presidencial para poder actuar dentro del proceso.
Esta exigencia resulta jurídicamente improcedente, en la medida en que el ordenamiento electoral reconoce la legitimidad de la representación otorgada directamente por los partidos y movimientos políticos, en virtud de su personería jurídica y de su autonomía organizativa.
La imposición de requisitos adicionales no previstos en la ley configura una barrera injustificada al ejercicio del derecho de participación política y al control electoral partidario, afectando el principio de igualdad en la contienda.
Por lo anterior, solicitamos que se impartan instrucciones claras, uniformes y vinculantes a los funcionarios electorales para que se abstengan de exigir poderes distintos a los otorgados por las organizaciones políticas, y se garantice la correcta aplicación del marco normativo vigente.
3. Exigencia de credencial física a testigos electorales
En el marco de las elecciones al Congreso, se presentaron múltiples casos en los que funcionarios de la Registraduría exigieron a testigos electorales la presentación de credencial física como condición para el ejercicio de sus funciones.
Esta práctica desconoce los principios de eficacia, buena fe y prevalencia del derecho sustancial (art. 83 C.P.), así como la validez de mecanismos digitales de acreditación, especialmente en contextos donde la propia administración ha habilitado herramientas tecnológicas para tales fines.
La exigencia de credenciales físicas, sin fundamento normativo expreso, constituye una restricción indebida al ejercicio del control electoral.
En consecuencia, solicitamos:
- Que se impartan instrucciones claras a los funcionarios para que reconozcan la validez de la acreditación digital.
- Que se establezca un canal expedito de verificación y solución de controversias en tiempo real.
- Que se adopten medidas para evitar interpretaciones restrictivas que limiten la labor de los testigos electorales.
4. Restricciones indebidas a la acreditación de testigos electorales
Con preocupación conocimos el contenido del Oficio No. 357 del Consejo Nacional Electoral, relativo a la capacitación de testigos electorales en el departamento del Valle del Cauca, en el cual se señala que "la acreditación oficial como testigo electoral requiere la aprobación de esta formación".
Tal afirmación carece de sustento legal y constituye una condición adicional no prevista en el ordenamiento jurídico para el ejercicio de la función de testigo electoral.
La capacitación puede ser una herramienta pedagógica valiosa, pero en ningún caso puede erigirse como requisito habilitante para la acreditación, pues ello vulnera el derecho fundamental de participación política y desnaturaliza el carácter garantista de la figura del testigo electoral.
Por tanto, solicitamos la corrección inmediata de dicha información y la emisión de directrices claras que eviten la imposición de requisitos extralegales.
5. Inscripción irregular de testigos electorales sin consentimiento
Finalmente, manifestamos una profunda preocupación institucional frente a las múltiples denuncias recibidas por parte de integrantes de nuestro movimiento político y de la ciudadanía en general, quienes han informado haber sido inscritos como testigos electorales sin su consentimiento en campañas de otros candidatos presidenciales.
De confirmarse, estos hechos podrían constituir graves irregularidades que afectan:
- El derecho fundamental a la participación política libre y autónoma (art. 40 C.P.).
- La protección de datos personales (Ley 1581 de 2012).
- La transparencia y legalidad del proceso electoral.
En tal sentido, solicitamos:
- La apertura de las investigaciones correspondientes por parte de las autoridades competentes.
- La verificación de los mecanismos de registro y validación de testigos electorales.
- La adopción de medidas inmediatas para garantizar que toda inscripción cuente con el consentimiento libre, previo e informado de las personas.
- La habilitación de canales para que los ciudadanos puedan verificar y, en su caso, revocar su inscripción.
Cordialmente,
Gabriel Becerra Yáñez — Representante Legal, Movimiento Político Pacto Histórico
María José Pizarro Rodríguez — Representante Legal, Movimiento Político Pacto Histórico
Alberto Benavides Mora — Representante Legal, Movimiento Político Pacto Histórico
Jaime Caicedo Turriago — Representante Legal, Movimiento Político Pacto Histórico